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El Consell aprueba el decreto que refunde en una sola norma toda la competencia sancionadora de infracciones en sanidad vegetal

El Pleno del Consell ha aprobado el decreto que establece disposiciones específicas para la tramitación y resolución de procedimientos sancionadores en materia de sanidad vegetal y de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos en la Comunitat Valenciana.

Esta norma deroga el Decreto del Consell 63/2006, de 12 de mayo, por el que se determinaba la competencia sancionadora en las infracciones en materia de sanidad vegetal, y el Decreto 214/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulaba la atribución de competencias para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

El nuevo texto dispone la atribución de competencias para el ejercicio de la potestad sancionadora en una sola norma y fija el plazo máximo para notificar la resolución expresa, todo ello en relación con los procedimientos sancionadores en las materias de sanidad vegetal, semillas y plantas de vivero y recursos fitogenéticos, de acuerdo con lo que establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Con ello se consigue una mayor seguridad jurídica en la tramitación de estos procedimientos.

Además, esta nueva regulación redunda en una mayor eficacia de la actuación administrativa, al establecer unos plazos específicamente ajustados al procedimiento sancionador que se regula, dejándose de aplicar los plazos genéricos establecidos en el artículo 21.3 de la Ley 39/2015.

A esta mayor eficacia administrativa también contribuye la refundición en una sola norma de lo que anteriormente se contenía en dos disposiciones reglamentarias, evitando la dispersión normativa.