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Más de 600 ganaderos valencianos recibirán en octubre 3,9 millones de euros por la ayuda extraordinaria de la sequía

En la Comunitat Valenciana 610 ganaderos recibirán en  octubre 3.902.476 euros por la ayuda extraordinaria de la sequía. El Ministerio  de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado el listado definitivo de los  70.267 titulares de explotaciones ganaderas que van a recibir en toda España la  ayuda extraordinaria para compensar la situación debida a la sequía y a las  condiciones derivadas del conflicto bélico en Ucrania, por un importe de 332,3  millones de euros. Las ayudas serán ingresadas en las cuentas bancarias de los  ganaderos en el mes de octubre. 

Esta cifra de toda España representa el 94 % del presupuesto total asignado a  esta línea de apoyo de 355 millones de euros. Esta ayuda fue aprobada por el  Gobierno mediante el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se  adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía  y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto  bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, la  ganadería con base la solicitud única de las ayudas de la Política Agrícola Común  (PAC) de la campaña 2022; y que fueran titulares de explotaciones dadas de alta  a 30 de abril de 2023. La ayuda se concede cuando el importe a percibir resulte  igual o superior a los 200 euros. 

En la resolución del mes de julio, en base a los datos provisionales de  explotaciones ganaderas subvencionables y al número de animales elegibles  para esta ayuda, y para evitar superar la cuantía máxima estimada por especie y  orientación productiva, se realizó un ajuste lineal de los importes unitarios por  cabeza para las zonas de afección alta de sequía que se indicaban en el Real  Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, de tal forma que se establecieron los  siguientes: 

- Vaca de carne (nodriza): 143,48 euros 

- Oveja y cabra de carne: 15,89 euros 

- Vaca de leche: 52,12 euros 

- Oveja y cabra de leche: 8,66 euros 

Las explotaciones que cuenten con la mayor parte de sus animales  potencialmente subvencionables en la campaña 2022 en las comunidades  autónomas establecidas como zonas de afección media de sequía, recibirán el  50% de los importes previstos para cada especie y orientación productiva,  mientras que las de afección moderada percibirán el 25% . Para los productores de leche de vaca se establece un máximo de 725 animales  subvencionables por beneficiario. Los productores de vacas nodrizas percibirán el 100% del importe unitario para las 250 primeras vacas, y un 50% para el resto  del censo. Los productores de ovejas y cabras percibirán el 100% de los importes  respectivos para los primeros 2.000 animales, y el 50% para el resto de sus  animales elegibles.

 Finalizado el plazo de presentación de alegaciones a las resoluciones  provisionales de 4 y 21 de julio, se ha establecido un grupo de beneficiarios que  no han ejercido las facultades de rechazo de la ayuda o no presentaron  alegaciones, o si lo hicieron no requieren de un análisis detallado de las mismas. 

Una vez verificado que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias  y con la Seguridad Social, se les ha concedido la ayuda.  

En el tablón de anuncios de la sede electrónica del Fondo Español de Garantía  Agraria (FEGA), se puede consultar la relación de los titulares de explotaciones  ganaderas, el número de cabezas de ganado computadas y el importe de la  ayuda a percibir.  

La resolución publicada en el día de hoy recoge igualmente aquellos titulares a  los que no se les ha realizado el pago por haberse detectado que no están al  corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. En el plazo  máximo de un mes desde la publicación de la resolución, se realizará una  segunda comprobación para verificar si han subsanado este aspecto, y aquellos  que lo hayan hecho podrán recibir la ayuda.  

En el caso de titulares que hayan presentado alegaciones sobre aspectos  relacionados con la zona de afección, titulares de la explotación o número de  animales, éstas serán remitidas a las comunidades autónomas para sus análisis. Posteriormente se procederá a la resolución de las mismas y, si procede, al pago de la ayuda correspondiente. 

En este enlace https://www.fega.gob.es/es/ayudas-excepcionales-productores-sectores-agrarios/ayudas-sectores-ganaderos a la página web del FEGA hay disponible más información sobre estas ayudas.