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DANA: ASAJA Alicante pide al Consell que apruebe en el pleno de Orihuela de este viernes un Real Decreto Ley “a medida" para la catástrofe

Jóvenes Agricultores ASAJA Alicante, ante la celebración el próximo viernes en Orihuela del pleno del Consell y la previsión de que comiencen a aprobarse los primeros decretos de ayudas para paliar los daños de la gota fría que ha asolado la Vega Baja y el Alto Vinalopó, solicita la aprobación de un Real Decreto "ad hoc", totalmente actualizado y a medida.

La organización agraria alicantina no quiere que vuelva a aplicarse el Real Decreto 307/2005 (Ley de bases), por el que se regulan las ayudas ante catástrofes producidas por la naturaleza, por encontrar que está obsoleto y que, en este caso de excepcionalidad máxima, resultaría insuficiente para abordar en nivel de catástrofe que se ha sufrido.

La situación ha sido excepcional, como lo demuestran los datos de efectivos y voluntarios que han tenido que participar, y seguirán haciéndolo los próximos días para ayudar a normalizar la situación tras la DANA. Más de 1.171 militares equipados con 325 medios (helicópteros, drones, vehículos terrestres, máquinas de ingenieros o embarcaciones) de los tres ejércitos y la UME, además de cientos de voluntarios y trabajadores han socorrido a un total de 710 personas que han sido rescatadas por las fuerzas armadas, 550 en la Vega Baja (Alicante) y 160 en la provincia de Murcia, según datos del Ministerio de Defensa.

Por ello, reitera que es de máxima urgencia que este viernes el Consell elabore un Real Decreto Ley adaptado a la situación y momento concreto que se vive, con ayudas paliativas que compensen las pérdidas que se han producido y que sirvan para recomponer la comarca y su entramado social, económico y empresarial. Asimismo, recuerda que no se puede volver a caer en el error de lo que sucedió la última vez que hubo un episodio de gota fría con desbordamiento del Segura. “No se puede volver a permitir que ocurra con las ayudas a este temporal lo que ha pasado con las que se aprobaron para paliar los daños que ocasionó la gota fría de diciembre del 2016. Recordar que en enero del 2017 se publicó el Real Decreto Ley de Ayudas; en mayo del 2017 llegó la Orden de Ministerio de Interior que habilitaba las solicitudes; y en julio del 2017 terminaba la tramitación. A día de hoy, último tercio del año 2019, todavía quedan expedientes pendientes de abonar las indemnizaciones”, denuncia el presidente de Jóvenes Agricultores ASAJA Alicante, Eladio Aniorte, quien afirma que, “si esto sucede, si los perjudicados tardan dos o tres años en cobrar, de nada servirán las ayudas, por cuantiosas que sean. El decreto debe ser inmediato y estar en primer plano y las ayudas deben abonarse antes de finalizar este año porque ahora el problema es que la gente no tiene liquidez”.

En este sentido, al hilo del Real Decreto Ley “a medida” que solicita ASAJA, se ve oportuno que contenga, en primer lugar, ayudas directas y, en segundo, beneficios fiscales:  

  1. Ayudas directas para paliar los daños personales en viviendas y enseres, establecimientos mercantiles, otros servicios, por prestaciones personales o de bienes de personas físicas y jurídicas.
  1. Cobertura del 100% para los titulares de explotaciones que tienen contratación de pólizas amparadas por el Plan de Seguros Agrarios, **tanto en el año 2018 como en el 2019 de:
    1. Daños agrícolas (daños en cosecha).
    2. Daños en elementos afectos a la explotación que no sean asegurables como: limpieza desescombro, reposición de tierra de la capa arable, pérdida de la capacidad productiva, daños en bancales, muros, acequias, daños en casetas, arrastres, etc.

** A y B Para los titulares de explotaciones que tienen contratación de pólizas amparadas por el Plan de Seguros Agrarios tanto en el año 2018 como en el 2019. “Desde ASAJA consideramos oportuno tener en cuenta a todos aquellos agricultores que tuvieron contratada su póliza en el 2018, pero por el incremento desmesurado del coste del seguro en los últimos años, que no ha parado de incrementarse, se han salido del sistema y en el último año no pudieron contratar su póliza como anteriormente. Creemos que esta gente merece este detalle”, afirma el presidente de ASAJA Alicante, Eladio Aniorte, que aduce que “la situación actual de la gota fría supera el ámbito del seguro, pero, no obstante, al objeto de no menoscabar el Sistema Nacional de Seguros Agrarios, desde ASAJA Alicante proponemos la flexibilidad y atención a los agricultores que en 2019 dejaron de pertenecer al sistema y pedimos que se les permita acceder a las ayudas”.

    1. Cobertura del 40% de los daños valorados, tanto en elementos afectos a la explotación no asegurables, como cobertura del 40% en daños agrícolas (de cosecha), a los titulares de explotaciones agrícolas que no tienen póliza de Seguros Agrarios y que hayan sufrido daños, siempre y cuando, antes del pago aporten la contratación de la póliza del 2020.
  1. Beneficios fiscales. La idea es no asfixiar al tejido económico agrícola de la Vega Baja. Ya que como a ha afirmado el presidente de la CEV, Salvador Navarro, el 80% de un total de 21.900 censadas, están afectadas. A continuación, detallamos el paquete de medidas urgentes de paliación y en apoyo a la dinamización empresa de la Vega Baja:

Estatales:

  • Rebaja directa en módulos, no sujeta a la bajada de producción, sino al aumento de costes en este ejercicio y futuros.
  • Exención para el periodo impositivo 2019 del Impuesto de Sociedades para empresas afectadas.
  • Exención en las tasas de tráfico tanto para bajas de vehículos como para solicitud de duplicados de documentación.
  • Bonificación de 6 meses de las cuotas sociales y deudas tributarias sin coste ni garantía.
  • Exención IRPF en ganancias patrimoniales por la transmisión de Explotaciones agrícolas afectadas (condicionada a la continuidad de la actividad agraria).
  • Que la subvenciones estén exentas en la propia ley de concesión (de lo contrario es como recortarlas un 2030% indirectamente)
  • S.L o S.A Agencia Tributaria exención fiscal integral en el ejercicio 2019.

 

Generalitat:

  • Exención en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, en la modalidad de Donaciones para:
    • Transmisiones de bienes inmuebles agrarios o fincas afectadas (con continuidad de la actividad por el adquirente).
    • Donación de dinero en efectivo destinado a la reparación de bienes inmuebles afectados.

Locales:

  • Exención en el ICIO (impuesto de construcciones y obras) y en tasas locales para permisos de obras en las obras de reparación de bienes afectados.
  • Exención IBI de naturaleza rústica y urbana para las viviendas afectadas.