AECOC valora el avance legislativo contra la multirreincidencia y su efecto en la seguridad comercial
AECOC, la Asociación que reúne a más de 34.500 empresas de la industria y la distribución del gran consumo, considera muy positiva y relevante la aprobación ayer en el Congreso de los Diputados de la reforma de la Ley contra la multirreincidencia delictiva, dado el impacto que esta medida puede tener a la hora de frenar los hurtos en los comercios.
La reforma, que la Asociación venía reclamando desde 2017 tras la sentencia del Tribunal Supremo que invalidó la multirreincidencia por la comisión de múltiples delitos leves, permite corregir la situación de irrelevancia que en la práctica ha tenido, hasta ahora, la multirreincidencia en el actual código penal.
No hay que olvidar que, según datos de las empresas, el 90% de los de los hurtos denunciados por los comercios son por delitos leves (importe inferior a 400 €) y que el 51% de ellos los comenten autores que ya han acumulado más de 3 hurtos, por lo que es esencial que la multirreincidencia por ese tipo de delitos leves sea aplicable en la práctica judicial.
La reforma comporta varios cambios relevantes, ya que elimina el requisito de establecer un umbral mínimo de 400 euros acumulados en base a tres delitos anteriores para que éste pase de considerarse leve a estar tipificado como multirreincidencia, con el consiguiente paso de la pena de multa a prisión.
Hasta ahora, la dificultad burocrática de acreditarlo reuniendo las sentencias de múltiples juicios anteriores, en los que, en muchas ocasiones, no consta el importe de lo sustraído, había hecho inoperativas las sentencias por multirreincidencia de delitos leves.
La modificación de la ley permite además mantener la pena asociada a la multirreincidencia de delitos leves de 6 a 18 meses de prisión -lo que asegura el carácter de proporcionalidad requerido por el Tribunal Supremo- y clarifica que, cuando la multirreincidencia por hurto es por la comisión de delitos anteriores no leves sino graves (superiores a 400 €), la pena asociada es de 1 a 3 años de prisión.
También elimina incoherencias en la consideración de los antecedentes penales por delitos leves entre la parte general del código penal y la específica del hurto multirreincidente. Una situación que llevó a la sentencia del 2017 del Tribunal Supremo por la que se invalidó la multirreincidencia por la comisión de múltiples delitos leves.
La reforma permitirá además la incoación de diligencias previas (Procedimiento Abreviado) e incluso la detención del sospechoso en comisaría, dando también la posibilidad de solicitar medidas cautelares, en caso de multirreincidencia, tales como prohibición de residencia y de acceso o aproximación a establecimientos comerciales, lo que se considera una buena medida disuasoria para los profesionales del hurto.
Adicionalmente, se introduce la multirreincidencia por delitos leves de estafa, una práctica delictiva que ha crecido enormemente en los últimos años en el marco del despegue digital.
La pérdida desconocida en el comercio ha aumentado progresivamente en los últimos años hasta suponer 2.800 millones de euros de pérdidas anuales a las empresas.