La Generalitat regulará los requisitos en materia de higiene aplicables a la caza mayor silvestre para consumo humano
El Consell ha aprobado un decreto que regula los requisitos en materia de higiene aplicables a la carne de caza mayor silvestre para consumo humano.
La presencia de enfermedades zoonóticas en los animales silvestres que son objeto de caza hace necesario implementar una serie de medidas de control para proteger la salud pública y reducir el riesgo potencial de transmisión de enfermedades relacionadas con esta actividad.
Tras la publicación de nuevas disposiciones normativas en este ámbito tanto a nivel europeo como estatal, se hace necesario revisar y armonizar los requisitos en materia de higiene en este ámbito.
De esta manera, el decreto pretende unificar la normativa existente para garantizar la seguridad jurídica por la existencia de diversas normas relacionadas con esta actividad. Así, se regulan los requisitos en materia de higiene de la carne de caza mayor silvestre destinada tanto al consumo humano doméstico privado, como al suministro directo de pequeñas cantidades por parte de las personas cazadoras a las personas consumidoras finales o a los establecimientos locales de venta al por menor en la Comunitat Valenciana.
La norma también regula los requisitos que ha de cumplir la persona cazadora que quiera realizar este suministro de pequeñas cantidades, así como los requisitos y la formación necesaria para la autorización del personal veterinario que vaya a realizar el control sanitario de la carne, el procedimiento de autorización y las funciones y obligaciones de las personas veterinarias autorizadas.
Por último, el decreto también establece los requisitos en materia de higiene que tienen que cumplir los centros de recogida de caza autorizados y los locales destinados a la inspección de pequeñas cantidades de carne de caza mayor silvestre.