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Mireia Mollà logra aplazar el cierre progresivo de los acuíferos en el Vinalopó por unas semanas para lograr un consenso

La Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) ha adoptado hoy en una reunión extraordinaria, por unanimidad, aplazar su decisión de reducir los derechos hídricos para los agricultores en seis acuíferos del Vinalopó que fueron declarados sobreexplotados en 2020.

La consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, Mireia Mollà, quien ha participado en esa reunión, ha pedio ese aplazamiento "por un periodo de unas pocas semanas, con el objeto de poder analizar mejor los contenidos y propuestas de los Programas, en un proceso de maduración y mejora, para ver con detalle la compatibilidad de las propuestas con la previsión de finalización de las obras pendientes en el postrasvase. Todo ello, con vistas a lograr un mayor consenso entre todos los agentes intervinientes y en especial con los usuarios".

La Junta de Gobierno ha adoptado el acuerdo de diferir el análisis de los Programas de Actuación a una próxima sesión de la Junta, dentro de un plazo estimado de unas tres semanas. El presidente de la CHJ, Miguel Polo, ha solicitado expresamente a los representantes de la Junta Central de Usuarios del Vinalopó-Alacantí y Consorcio de la Marina Baixa una mayor implicación y proactividad en el proceso de mejora de los Programas de Actuación, como principal interesado y beneficiario que es.

El único punto previsto en el orden del día del encuentro de hoy era la aprobación de los Programas de Actuación de las seis masas de agua subterránea del sistema de explotación Vinalopó-Alacantí que se encuentran en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo, según declaración al efecto hecha por la propia Junta de Gobierno en su sesión de 22 de septiembre de 2020, y en cumplimiento de las obligaciones derivadas de dicha declaración. Las masas de agua son las siguientes:
080.173 Sierra del Castellar
080.181 Sierra de las Salinas
080.189 Sierra de Crevillente
080.174 Sierra de Peñarrubia
080.160 Villena-Benejama
080.187 Sierra del Reclot

El fundamento de la declaración adoptada radica en la concurrencia en dichas masas de agua de tres situaciones básicas: las extracciones y los derechos reconocidos son mayores que el recurso disponible, los niveles piezométricos presentan descensos acusados y generalizados, y los ecosistemas acuáticos asociados resultan afectados. La superficie total afectada por la declaración es de 330,2 km2.

Los Programas de Actuación, en el periodo comprendido entre el 23 de noviembre de 2021 y el 1 de febrero de 2022, fueron sometidos a una primera consulta pública y trasladados a la Junta Central de Usuarios del Vinalopó-Alacantí y Consorcio de Aguas de la Marina Baixa, que presentó alegaciones. Una vez analizadas éstas, con fecha 6 de abril de 2022 se dio traslado a dicha Junta Central del informe de respuesta a las mismas, así como de los Programas de Actuación, una vez modificados conforme a las alegaciones atendidas, abriéndose nuevo periodo de consultas hasta el día 26 de abril de 2022.

Recibidas nuevas consideraciones por parte de la Junta Central, se emite un segundo informe con el resultado de la valoración de las mismas.

Los objetivos generales de los Programas de Actuación son los siguientes:
• La consecución de los objetivos medioambientales del Plan Hidrológico de la Demarcación.
• La explotación racional de los recursos disponibles.
• El mantenimiento y la recuperación de los niveles piezométricos.
• El mantenimiento socioeconómico de las comarcas del Vinalopó.

Los Programas, para cada masa de agua, establecen un volumen máximo de extracción anual para cada titular de derechos de agua, que se reducirá a lo largo del primer año hasta alcanzar el valor de extracciones establecido en el Plan Hidrológico de la Demarcación y, posteriormente, hasta alcanzar el objetivo final. Establecen también el régimen de extracciones para dichos titulares en función del tipo de uso y las fuentes de suministro alternativas (transferencia Júcar-Vinalopó, IDAM de Mutxamel), las condiciones para el acceso a concesiones colectivas cuyo objeto sea la sustitución de captaciones individuales, o a modificaciones de derechos preexistentes o rehabilitación de captaciones, así como las condiciones para la clausura de pozos para proteger los acuíferos de la entrada de sustancias contaminantes. Será exigible, en todo caso, la instalación y mantenimiento de sistemas de control de los caudales consumidos, aplicándose un régimen de autocontrol de los mismos.
Puede encontrarse información adicional muy detallada sobre la cuestión en el siguiente enlace web:
https://www.chj.es/es-es/medioambiente/Paginas/Masas-en-riesgo.aspx