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Los proyectos de energías renovables y autoconsumo tendran deducción fiscal en la Comunitat Valenciana

Los proyectos de energías renovables y de autoconsumo pueden obtener una deducción fiscal del 20% en el tramo autonómico del IRPF con una certificación acreditativa del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE).

La campaña de la renta de este año es la primera en la que se puede obtener esta deducción fiscal en el tramo autonómico. La base máxima de deducción es de 8.000 euros y no se establecen límites máximos en las bases de tributación a la hora de determinar la base máxima anual de la deducción.

La deducción fiscal autonómica será del 20% con una base máxima de 8.000 euros. La campaña de la renta de este año es la primera en la que se puede obtener

Una vez realizada la inversión se puede solicitar la certificación acreditativa por correo electrónico, con la asistencia del IVACE, o de forma presencial en las instalaciones del IVACE. Toda la información sobre el procedimiento y documentación necesaria se puede obtener a través en la página web www.ivace.es. La solicitud se  puede realizar  en cualquier momento del año, sin tener que esperar a que se inicie la campaña de presentación de la declaración de la renta del ejercicio correspondiente.

El IVACE quiere así que los proyectos de energías renovables lleguen al mayor número de ciudadanos posible de la Comunitat. Hasta ahora, las ayudas se concedían mediante subvención a fondo perdido de acuerdo con una convocatoria anual y para poder acceder a la ayuda la presentación de la solicitud debía realizarse durante el plazo establecido en la convocatoria, que era de un mes. A partir de este año, las personas que apuesten por desarrollar proyectos de autoconsumo y de energías renovables,se beneficiarán de la deducción fiscal.

Ventajas deducción fiscal

Entre las ventajas que supone la deducción fiscal frente a la subvención a fondo perdido destaca la simplificación al máximo del trámite documental, ya que con la fórmula de la subvención a fondo perdido, se debía aportar una gran cantidad de información,  con la que en  numerosas ocasiones los ciudadanos no están familiarizados. Esto conllevaba, en un porcentaje muy elevado, que la documentación presentada tuviera defectos de forma y se multiplicaran los requerimientos, con lo que muchos expedientes acababan siendo denegados por documentación incorrecta o presentada fuera de plazo.

Además, desaparece la “convocatoria anual” de forma que el plazo siempre estará abierto y el ciudadano que apueste por las energías renovables siempre tendrá un apoyo económico, con independencia de cuándo realice su proyectos. Por otra parte,  beneficia a  las empresas instaladoras que a partir de ahora podrán hacer instalaciones durante todo el año. No hay que tributar la ayuda, al contrario, es una deducción. Con las ayudas a fondo perdido, las ayudas concedidas sí había que tributarlas con lo que la cantidad concedida no era la cantidad “real” de apoyo al proyecto.

Por último, la deducción es de aplicación inmediata, en el momento de realizar la declaración de la renta. Mientras que con la subvención a fondo perdido los plazos de tramitación y pago de la ayuda son superiores.