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El TSJV no permite el corte de las autovías A-7 y A-31 que pretendían realizar mañana los agricultores en la provincia de Alicante

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha rechazado las dos tractoradas de protesta de mañana, convocadas por las organizaciones agrarias y cooperativas, por las autovías A-7 y A-31 en la provincia de Alicante.

Confirma así la decisión de la Subdelegación del Gobierno de modificar los itinerarios de ambas manifestaciones y desviarlas hacia carreteras secundarias por la afectación al tráfico.

Tras conocer la resolución del TSJ en relación a los actos de protesta de las organizaciones agrarias de la Comunidad Valenciana, ASAJA-Alicante anuncia que las concentraciones y tractoradas previstas para mañana en San Isidro (Vega Baja), Villena (Alto Vinalopó) y Planes (El Comtat) se llevarán a cabo tal y como estaban previstas desde el principio.

Al respecto, considera la decisión "totalmente arbitraria" y que ha sido comunicada a pocas horas de las protestas con el ánimo desanimar la convocatoria, a pesar de haberse respetado los tiempos legales que exigía la autorización correspondiente. Por todo ello, ASAJA Alicante exige la dimisión del Subdelegado de Gobierno de Alicante, Juan Antonio Nieves, por no estar a la altura del cargo y por haberse negado en rotundo a que las organizaciones agrarias expresen sus reivindicaciones con normalidad y sin querer ocasionar ningún malestar a la sociedad, lamentando que se haya opuesto de forma tan tajante, muestra de que el campo alicantino no solo tiene que soportar las trabas e impedimentos que realiza el Gobierno de Pedro Sánchez, sobre todo a través del Ministerio de Transición Ecológica y de Agricultura, sino también de su órgano provincial.

En definitiva, "se vuelve a poner en evidencia la inquina que este Gobierno tiene hacia el sector primario", que no en vano se encuentra en un grito desesperado de auxilio clamando ayuda urgente para su supervivencia.

"Lejos de ser una decisión inmotivada o caprichosa, se sustenta en razones perfectamente amparadas por la legislación y la jurisprudencia. En modo alguno se priva del ejercicio del derecho constitucional tan repetido, sino que sencillamente se introduce la alteración del recorrido pretendido por los promotores, sin merma alguna de la propia razón de ser y fundamento del ejercicio del derecho de reunión y manifestación", habían señalado los magistrados en la resolución judicial facilitada por el TSJCV.

El Tribunal ha desestimado los recursos interpuestos por la entidad convocante que era Asaja Alicante en el marco de un procedimiento especial previsto en la jurisdicción Contencioso-Administrativa para la protección de los derechos de reunión y manifestación, en una decisión contra la que no cabe recurso.