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Las quemas agrícolas quedan prohibidas desde mañana en las zonas de influencia forestal de la Comunitat Valenciana

Desde mañana jueves 30 de marzo quedan prohibidas en la Comunitat Valenciana las quemas de márgenes de cultivo o de eliminación de residuos agrícolas y forestales mediante uso del fuego en las zonas de influencia forestal ante el peligro de incendios. Se trata de los terrenos forestales, los colindantes o los que estén en una proximidad menor de 500 metros de aquellos.

La Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, ha publicado esta nueva normativa hoy mediante la publicación hoy de una Resolución en el DOGV por la que se modifica el actual período de quemas agrícolas.

Se deja en suspenso, desde mañana y hasta nueva resolución, todas las acciones o actividades recogidas en los planes locales de quemas o en autorizaciones nominativas que contradigan lo establecido en la presente resolución, salvo aquellas contempladas en los planes locales de quema con regulación especial para el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, que se podrán realizar en el periodo de restricción indicado de los meses de junio y octubre, siempre que se ajusten a los requisitos establecidos para la citada regulación especial.

Con carácter extraordinario, y únicamente por razones fitosanitarias, de investigación u otros motivos de urgencia debidamente justificados que no permitan su aplazamiento, se podrán autorizar quemas durante el periodo anterior, siempre que exista resolución en ese sentido de la dirección general competente en prevención de incendios forestales.

Atendiendo a las especiales condiciones de peligro de incendios que están afectando a la Comunitat Valenciana, con una ausencia acumulada de precipitaciones, acompañada de elevadas temperaturas, y que no se prevén cambios para los próximos días, es por lo que se estima que las condiciones de peligro de incendios son muy altas, por una elevada disponibilidad de la vegetación forestal y, por tanto, en orden a conseguir una más eficaz prevención de la iniciación de posibles incendios forestales, la Generalitat considera conveniente ampliar el periodo de restricción de quemas de residuos agrícolas establecido en la Resolución de 10 de febrero de 2023, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica hasta que las condiciones meteorológicas permitan reiniciar la actividad.

Por ello se modifican los períodos en los que se pueden realizar las quemas de márgenes de cultivo en función de las condiciones de peligro de incendios, atribuida reglamentariamente a la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales, en el artículo 146.2 del Reglamento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, forestal de la Comunitat Valenciana, aprobado por el Decreto 98/1995, de 16 de mayo, del Gobierno Valenciano, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

También se modifica el anexo III de la Resolución de 10 de febrero de 2023, de la consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, se aprueban las instrucciones para el uso del fuego en la eliminación de residuos agrícolas y forestales, ampliando el período en el que no se podrá autorizar, en los terrenos forestales, en los colindantes o con una proximidad menor de 500 metros de aquellos, la quema de márgenes de cultivo o de residuos agrícolas o forestales, que se iniciará al día siguiente de la publicación de la presente y que se prolongará hasta nueva resolución.