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El sector de flor y planta ornamental afronta con preocupación e incertidumbre su inclusión en la Ley de la cadena alimentaria

La inclusión del sector de flor y planta ornamental en la reforma de la Ley 12/2013 de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, que entró en vigor el pasado 16 de diciembre, está generando gran preocupación e incertidumbre en los operadores del sector, tal y como se mostró ayer en el webinar organizado por FEPEX en colaboración con el Despacho de Abogados Andersen.

En el transcurso del seminario y de las muchas preguntas planteadas, se puso de manifiesto las dificultades que plantea la aplicación de la nueva reforma de la Ley de 2013 de la cadena alimentaria, que ha entrado en vigor en diciembre y que ha supuesto un cambio importante para el sector de flor y planta ornamental, ya que antes de esta última reforma, el sector quedaba excluido de su ámbito de actuación.

Las dificultades de aplicación se encuentra en muchos ámbitos de la Ley, especialmente en lo relativo a la regulación de los contratos entre compradores y vendedores, teniendo en cuenta la diversidad de empresas y estructuras productivas y comercializadoras que existen en el sector productor y comercializador de flor y planta viva, entre los que se encuentran los centros de jardinería, las cadenas de alimentación, las cadenas de bricolaje, las floristería, las empresas de jardinería, etc, así como la obligación de incorporar en los contratos el coste efectivo de producción y de que el precio pactado entre el productor primario y su primer comprador cubra dicho coste.

 El webinar fue presentado por el director de Fepex, José María Pozancos y el secretario general, José María Zalbidea y posteriormente intervino Jose Miguel Soriano, socio del despacho Andersen. El director de FEPEX expuso, que la norma es “disruptiva y laberíntica” y explicó que, al igual que en el sector productor y comercializador de frutas y hortalizas, la aplicación en el sector de flor y planta supone un cambio radical en el marco de las relaciones comerciales y crea una gran inseguridad jurídica entre los operadores.