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Preacuerdo en el convenio de manipulado de cítricos con la intermediación de la consellera de Agricultura

La huelga prevista a partir del lunes por el convenio colectivo de almacenes de manipulado y envasado de cítricos queda desconvocada finalmente, tras el preacuerdo suscrito hoy, por parte de los sindicatos UGT y CCOO y la patronal, formada por el Comité de Gestión de Cítricos y Cooperatives Agro-alimentàries.

La intermediación de la consellera de Agricultura, Mireia Mollà, ha sido clave en el resultado de las negociaciones. Prueba de ello es que el preacuerdo, después de doce horas intensas de reuniones, se ha firmado esta mañana en la propia sede de la Conselleria, tras iniciar las conversaciones esta misma mañana en la Vicepresidencia de la Generalitat.

Mireia Mollà ha agradecido el esfuerzo "a todas las personas implicadas y su deseo de trabajar junto al sector". Por su parte, UGT FICA ha indicado que "no hemos dado ni un paso atrás, mejorando el convenio, y manteniendo nuestra jornada de lunes a viernes y de 8 horas de trabajo ordinario. Queremos agradecer el esfuerzo y apoyo de todos y todas los trabajadores y trabajadoras del sector que con su apoyo a nuestras reivindicaciones han conseguido que nuestro esfuerzo valga la pena".  

El nuevo convenio, que se mantendrá vigente con carácter retroactivo desde el 1 de septiembre y hasta el 31 de agosto de 2024, continúa intacto con algunos cambios importantes como:

-la jornada diaria será de 8 horas de lunes a viernes, se elimina la novena y en caso de considerarse será estructural.

- el incremento salarial será del 1% cada uno de los cuatro años de vigencia.

- aumento del precio de las horas extraordinarias al 25%.  

- Para pasar a la categoría de encajadora sin experiencia se exigirán 30 jornadas de alta.

- Jubilación obligatoria: Se establecerá una cláusula de jubilación obligatoria siempre que se tenga derecho al 100 por 100 de la pensión de jubilación y que se establezcan medidas de fomento de empleo, considerando como tales, la contratación de una persona trabajadora por cada persona jubilada o la transformación en indefinida o fija discontinua de una persona temporal.

- Aumento del número de horas retribuidas para acompañamiento al médico de familiares hasta el primer grado de parentesco, que por edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos, hasta 6 por campaña.