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La Comisión Europea aprueba un régimen español de 19 millones de euros para apoyar a los operadores profesionales que invierten en instalaciones de protección contra los insectos vectores de Xylella o HLB

La Comisión Europea ha constatado que el régimen español para apoyar a los operadores profesionales que invierten en instalaciones de protección contra insectos vectores, puesto en marcha gracias a los 19 millones de euros concedidos por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), está en consonancia con las normas sobre ayudas estatales de la UE. Este régimen se financiará a través del MRR, tras la evaluación positiva del plan español de recuperación y resiliencia por parte de la Comisión y su adopción por el Consejo. Su objetivo es financiar inversiones de carácter preventivo en el ámbito fitosanitario, a fin de evitar que los insectos vectores entren en los viveros de producción de los diversos tipos de materiales vegetales de reproducción (MVR). El MVR puede verse afectado, entre otras, por las siguientes plagas cuarentenarias: Xylella fastidiosaBursaphelenchus xilophilus, la bacteria HLB y la flavescencia dorada de la vid. Los beneficiarios serán los productores primarios.

El régimen durará hasta el 31 de diciembre de 2023 y las ayudas públicas previstas en él adoptarán la forma de subvenciones directas.

El régimen es conforme con las Directrices de la UE sobre ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales, que garantizan una producción alimentaria viable y promueven el uso eficiente y sostenible de los recursos con el fin de lograr un crecimiento inteligente y sostenible. La Comisión ha llegado a la conclusión de que esta ayuda facilita el desarrollo de una actividad económica y no altera las condiciones de los intercambios en forma contraria al interés común. Por consiguiente, la Comisión considera que el régimen se ajusta a las normas sobre ayudas estatales de la UE.

Todas las inversiones y reformas que impliquen ayuda estatal, incluidas en los planes nacionales de recuperación presentados en el contexto del MRR, deben notificarse a la Comisión para su aprobación previa, a menos que estén cubiertas por una de las normas de exención por categorías de ayudas estatales, en particular por el Reglamento general de exención por categorías (RGEC) y, en el sector agrícola, por el Reglamento específico de exención por categorías en el sector agrícola. La Comisión evaluará estas medidas con carácter prioritario y ha proporcionado ya orientación y apoyo a los Estados miembros en las fases preparatorias de los planes nacionales, a fin de facilitar el rápido despliegue del MRR. Al mismo tiempo, la Comisión se asegura en su decisión de que se cumplen las normas aplicables en materia de ayudas estatales, a fin de preservar la igualdad de condiciones en el mercado único y garantizar que los fondos del MRR se utilicen de manera que se minimicen los falseamientos de la competencia y no se excluya la inversión privada.

 

La versión no confidencial de la decisión correspondiente se publicará con el número de asunto SA.63699 en el Registro de Ayudas Estatales del sitio web de Competencia de la Comisión, una vez se hayan resuelto los posibles problemas de confidencialidad.