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LA UNIÓN informa que los agricultores de Utiel-Requena tendrán este año una dotación de riego de apoyo de 900 m3/hectárea

La Unión de Agricultores informa que los agricultores de la comarca de Utiel-Requena dispondrán para la campaña de riego de este año de una dotación bruta media de apoyo de 900 m3/hectárea/año para el cultivo de la viña, los frutales de frutos secos (almendro, sobre todo) y el olivar. 

La Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) ha hecho pública esta dotación teniendo en cuenta que en el periodo desde diciembre hasta marzo la precipitación acumulada en la zona a ha sido inferior a 100 mm (62,4 mm) y, además, en el mes de abril la precipitación ha sido inferior a 30 mm (0,3 mm). 

Teniendo en cuenta la lluvia caída se concluye que, el periodo fijado en el Plan de explotación (diciembre- abril) en el año hidrológico 2022/2023 corresponde a un año seco. En base a esto, y de acuerdo al Plan de explotación de la masa de agua subterránea 080.133- Requena- Utiel la dotación bruta establecida para el cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco, para la campaña de riego del año 2023 se fija en 900 m3/ha/año.

La revisión del Plan de explotación de la masa de agua subterránea Requena-Utiel se aprobó por la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Júcar en su sesión del 18 de diciembre de 2020. Entre los temas revisados cabe destacar la actualización de las series piezométricas, o la mejora en la metodología para evaluar si el año es húmedo, seco o medio. Este cambio metodológico ha sido motivado por la Junta central de usuarios de la masa de agua subterránea 080.133 Requena-Utiel. Los usuarios pusieron de manifiesto la importancia de considerar la lluvia principalmente en los primeros meses de actividad fenológica de los cultivos y no a lo largo de todo el año hidrológico. Es por ello que, teniendo en cuenta los períodos de actividad vegetativa del almendro y de la variedad bobal de la vid mayoritaria en la zona, se han modificado los criterios para caracterizar el año hidrológico, diferenciando dos períodos y estableciendo umbrales distintos en cada uno de ellos.

En la tabla siguiente se observa el cambio metodológico, sobre cómo se establecen las dotaciones máximas aplicables para el cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco, en función de la precipitación acumulada entre diciembre y marzo, y la precipitación en abril. 

Precipitación acumulada entre diciembre y marzo 

(mm) 

Precipitación en abril (mm) 

Tipo de año y dotación máxima para el cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco (m3/ha/año) 

P ≤ 100 mm 

P ≤ 30 mm 

Año seco (900 m3/ha/año) 

30 < P ≤ 50 mm 

Año seco (900 m3/ha/año) 

P > 50 mm 

Año normal (600 m3/ha/año) 

P > 100 mm 

P ≤ 30 mm 

Año seco (900 m3/ha/año) 

30 < P ≤ 50 mm 

Año normal (600 m3/ha/año) 

P > 50 mm 

Año húmedo (450 m3/ha/año) 

Tabla 1. Umbrales de lluvia a considerar en cada período y dotaciones máximas aplicables para el cultivo de la vid, el olivar y los frutales de fruto seco. 

Para poder optar a tener a una dotación superior a 450 m3/ha, en los años medios o secos, según se ha indicado anteriormente, es necesario modificar las características de la concesión o aprovechamiento de aguas subterráneas en la Confederación Hidrográfica del Júcar. Por ello, LA UNIÓ recomienda a aquellas Comunidades de Regantes y agricultores de la comarca que deseen tener la posibilidad de aumentar su dotación de agua para el riego en años venideros, se pongan en contacto con nosotros en las oficinas de la comarca o en el teléfono 96 353 00 36, para estudiar cada caso.