La Comisión Europea amplía a 91 municipios de Barcelona el radio de la zona afectada por la Peste Porcina Africana
La Comisión Europea ha aprobado la Decisión de Ejecución (UE) 2025/2489, de 3 de diciembre de 2025, para establecer medidas de emergencia provisionales frente a la peste porcina africana (PPA) en España. El detonante es la confirmación, el 28 de noviembre de 2025, de un brote en dos porcinos silvestres en la provincia de Barcelona, en una zona hasta ahora oficialmente libre de la enfermedad.
Para evitar un impacto descontrolado en el comercio interior de la UE y en las exportaciones a terceros países, la Comisión y España acuerdan una zonificación estricta en torno al foco, concentrada en el área metropolitana de Barcelona y comarcas colindantes. La decisión será aplicable hasta el 28 de febrero de 2026, con revisión en el Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.
A continuación se desgranan las siete claves más relevantes para entender el alcance real de esta decisión para Cataluña, España y el sector porcino europeo.
1. Qué es la peste porcina africana y por qué preocupa tanto al comercio
La nota de prensa asegura que la PPA es una enfermedad vírica infecciosa que afecta tanto a porcinos en cautividad como a porcinos silvestres. No es un problema de salud pública para las personas, pero sí un riesgo crítico para:
-
La población porcina (granjas y fauna salvaje).
-
La rentabilidad de la ganadería porcina.
-
La fluidez del comercio de animales vivos y productos derivados dentro de la UE y hacia terceros países.
El texto recalca que, cuando el brote se produce en porcinos silvestres, existe un riesgo grave de propagación hacia otros animales silvestres y hacia las explotaciones en cautividad. De ahí la necesidad de actuar con rapidez, fijar zonas infectadas y limitar al máximo los movimientos de animales y productos.
2. La base jurídica: cómo encaja esta decisión en la nueva sanidad animal de la UE
La actuación de la Comisión se apoya en un entramado normativo que la nota de prensa detalla con precisión:
-
El Reglamento (UE) 2016/429, conocido como Legislación sobre sanidad animal, que define las grandes categorías de enfermedades y las obligaciones de los Estados miembros.
-
El Reglamento Delegado (UE) 2020/687, que completa las normas de prevención y control para las enfermedades de la lista, incluidas las de categoría A, donde se encuadra la PPA en animales silvestres.
-
El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/594, que establece medidas especiales de control de la PPA, incluyendo la distinción de zonas restringidas II y la forma de aplicar restricciones adicionales a los movimientos.
Este entramado permite a la Comisión, mediante decisión de ejecución, regionalizar el riesgo, es decir, concentrar las restricciones en una zona acotada en lugar de bloquear todo el territorio de un Estado miembro.
3. Una zona infectada muy concreta: 91 municipios en torno a Barcelona
El anexo de la decisión dibuja un mapa muy preciso de la zona infectada en España. Se trata de 91 municipios distribuidos en ocho comarcas de la provincia de Barcelona:
-
Vallès Occidental: 23 municipios, entre ellos Sabadell, Terrassa, Rubí, Cerdanyola del Vallès y Sant Cugat del Vallès.
-
Vallès Oriental: 20 municipios, con Granollers, Mollet del Vallès, Parets del Vallès o La Llagosta.
-
Baix Llobregat: 27 municipios, incluyendo Cornellà de Llobregat, El Prat de Llobregat, Viladecans, Sant Boi de Llobregat o Martorell.
-
Barcelonès: 5 municipios, con Barcelona, Badalona, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adrià de Besòs y L’Hospitalet de Llobregat.
-
Maresme: 10 municipios costeros y prelitorales como Alella, El Masnou o Premià de Mar.
-
Alt Penedès: 2 municipios (Gelida y Sant Llorenç d’Hortons).
-
Anoia: 2 municipios (Els Hostalets de Pierola y Masquefa).
-
Bages: 2 municipios (Castellbell i el Vilar y Mura).
En conjunto, la regionalización se centra en la corona metropolitana de Barcelona y entornos cercanos, donde el foco se asocia a porcinos silvestres (jabalíes) y no necesariamente a las principales zonas productoras intensivas.
4. Tabla resumen: fechas clave, alcance geográfico y duración
| Elemento | Detalle principal |
| Fecha de confirmación del brote | 28 de noviembre de 2025 (dos porcinos silvestres en Barcelona) |
| Fecha de adopción de la Decisión | 3 de diciembre de 2025 |
| Publicación en el DOUE | 4 de diciembre de 2025 (Decisión de Ejecución (UE) 2025/2489) |
| Ámbito territorial | 91 municipios de 8 comarcas de la provincia de Barcelona |
| Duración inicial de las medidas | Hasta el 28 de febrero de 2026, con revisión en comité |
5. Qué medidas concretas impone la Comisión en la zona infectada
El núcleo operativo de la decisión se articula en los artículos 1 y 2. España deberá:
-
Establecer oficialmente una zona infectada de PPA conforme al artículo 63 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 y al artículo 3, letra b), del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/594, incluyendo como mínimo los municipios del anexo.
-
Mantener esa zonificación durante el período que marca el propio anexo (hasta el 28 de febrero de 2026).
Dentro de esa zona, el Reino de España aplicará:
a) Las medidas especiales de control propias de las zonas restringidas II (artículo 8.2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/594), que incluyen restricciones reforzadas en movimientos, vigilancia, caza y gestión de animales muertos.
b) La prohibición de movimientos de partidas de porcinos en cautividad y de sus productos hacia otros Estados miembros y terceros países (artículo 8.3 del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/594), salvo excepciones muy tasadas.
c) Las medidas clásicas de control de los artículos 63 a 66 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687, que abarcan delimitación de zonas, censos de explotaciones, bioseguridad y control intensivo de fauna silvestre.
Además, la autoridad competente podrá autorizar, bajo condiciones estrictas, ciertos movimientos de productos cárnicos procedentes de porcinos en cautividad de la zona, siempre que hayan sido sometidos a un tratamiento de reducción del riesgo conforme al anexo VII del Reglamento Delegado (UE) 2020/687.
6. Impacto económico y comercial: cómo afecta al sector porcino español
Aunque la nota de prensa se centra en el plano jurídico, las consecuencias económicas son evidentes:
-
La regionalización pretende evitar un bloqueo total de las exportaciones españolas de porcino; al delimitar una zona infectada concreta, la Comisión facilita que el resto del territorio español siga exportando bajo condiciones normales.
-
Para los operadores dentro de los 91 municipios incluidos, las restricciones en movimientos de animales y productos hacia otros Estados miembros y terceros países suponen un freno inmediato a la actividad comercial, con necesidad de reorganizar logística, sacrificios y circuitos de distribución.
-
La referencia explícita a la necesidad de evitar “obstáculos injustificados al comercio por parte de terceros países” deja claro que uno de los objetivos centrales es mantener la credibilidad internacional del sistema de control europeo y la aceptación de la regionalización por parte de socios como los grandes importadores asiáticos.
En la práctica, la decisión intenta lograr un equilibrio delicado: actuar con firmeza en la zona de riesgo sin penalizar a las áreas productoras que no están afectadas por el brote, reforzando el mensaje de que la PPA está contenida geográficamente.
7. Calendario, revisión y horizonte: qué puede pasar a partir de febrero de 2026
La Decisión de Ejecución (UE) 2025/2489 fija un horizonte temporal claro:
-
Las medidas se aplican hasta el 28 de febrero de 2026.
-
La propia decisión adelanta que será revisada en la próxima reunión del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.
Esto significa que:
-
Si la situación epidemiológica evoluciona favorablemente, con ausencia de nuevos casos y verificación del control del foco en fauna silvestre, la Comisión podrá modificar la zonificación, reduciendo la lista de municipios o incluso levantando las restricciones.
-
Si, por el contrario, se detecta propagación del virus hacia otras comarcas o explotaciones en cautividad, es previsible una ampliación de la zona infectada o un refuerzo adicional de las medidas de movimiento y control.
A corto plazo, el mensaje político y sanitario es inequívoco: la UE considera que la reaparición de la PPA en España exige una respuesta rápida, localizada y jurídicamente muy estructurada, pero sin cerrar la puerta a ajustes futuros en función de los datos epidemiológicos.
ANEXO
|
Áreas establecidas como zona infectada en España con arreglo al artículo 1 |
Aplicable hasta el |
|
Los municipios de la región de Vallès Occidental: Badia del Vallès, Barberà del Vallès, Castellar del Vallès, Castellbisbal, Cerdanyola del Vallès, Gallifa, Matadepera, Montcada i Reixac, Palau-solità i Plegamans, Polinyà, Ripollet, Rubí, Sabadell, Sant Cugat del Vallès, Sant Llorenç Savall, Sant Quirze del Vallès, Santa Perpètua de Mogoda, Rellinars, Sentmenat, Terrassa, Ullastrell, Vacarisses y Viladecavalls. Los municipios de la región de Vallès Oriental: Ametlla del Vallès, Bigues i Riells del Fai, Caldes de Montbui, Canovelles, Granollers, La Roca del Vallès, Llagosta, Lliçà d’Amunt, Lliçà de Vall, Mollet del Vallès, Martorelles, Montmeló, Montornès del Vallès, Parets del Vallès, Sant Feliu de Codines, Sant Fost de Campsentelles, Santa Eulàlia de Ronçana, Santa Maria de Martorelles, Vallromanes y Vilanova del Vallès. Los municipios de la región de Baix Llobregat: Abrera, Castellví de Rosanes, Cervelló, Collbató, Corbera de Llobregat, Cornellà de Llobregat, El Papiol, Esparreguera, Esplugues de Llobregat, Martorell, Molins de Rei, Olesa de Montserrat, Pallejà, El Prat de Llobregat, Sant Andreu de la Barca, Sant Boi de Llobregat, Sant Climent de Llobregat, Sant Esteve Sesrovires, Sant Feliu de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Just Desvern, Sant Vicenç dels Horts, Santa Coloma de Cervelló, Torrelles de Llobregat, Vallirana, Viladecans y La Palma de Cervelló. Los municipios de la región de Barcelonès: Badalona, Barcelona, L’Hospitalet de Llobregat, Sant Adrià de Besòs y Santa Coloma de Gramenet. Los municipios de la región de Maresme: Alella, Cabrils, El Masnou, Montgat, Òrrius, Premià de Dalt, Premià de Mar, Teià, Tiana y Vilassar de Dalt. Los municipios de la región de Alt Penedès: Gelida y Sant Llorenç d’Hortons. Los municipios de la región de Anoia: Els Hostalets de Pierola y Masquefa. Los municipios de la región de Bages: Castellbell i el Vilar i Mura. |



