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La nueva normativa de residuos del Gobierno deja en el aire la prohibición de las quemas agrícolas

Las diferentes normativas que el Ministerio de Transición Ecológica dirigido por Teresa Ribera siguen despertando recelos entre el sector agrario valenciana y la última de ellas es la de residuos que deja en el aire con una gran confusión la prohibición de las quemas agrícolas. Hoy tanto LA UNIÓ de Llauradors como Compromís en el Congreso de los Diputados y el Senado se han posicionado al respecto demandando que se clarifique la situación.

En este sentido, la organización agraria valenciana ha exigido al Gobierno del Estado que clarifique inmediatamente si es posible efectuar quemas agrícolas, ya que la nueva Ley de Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular da a entender la posibilidad de quemar o no con dos artículos bien diferentes, en uno la prohíbe y en otro la exime.

La alarma ha surgido tras diversas informaciones emitidas por los propios agentes medioambientales de la Generalitat, que han alertado ante la situación que genera la nueva normativa. En este sentido, hay zonas donde se traslada dicha prohibición a los agricultores y en otras se permiten las quemas habituales de esta época del año. Por ello, y ante la gran confusión existente, LA UNIÓ ya se ha puesto en contacto con la Conselleria de Agricultura para aclararlo, ya que se deja en una clara indefensión a los agricultores en un momento donde muchos cultivos precisan de esta práctica y, todo ello, sin posibilidad de adaptación. 

La organización agraria cree que antes de prohibir cualquier práctica agraria hay que apostar por el diálogo. “En lugar de empezar la casa por el tejado primero se deberían plantear alternativas viables con financiación suficiente para llevarlas a cabo, establecer periodos transitorios antes de aplicarse o permitir quemar en aquellos municipios con planes de quema aprobados”, señala Carles Peris, secretario general de LA UNIÓ.

El artículo 27 de la Ley indica que “con carácter general, no está permitida la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola. Únicamente podrá permitirse la quema de estos residuos con carácter excepcional, y siempre y cuando cuenten con la correspondiente autorización individualizada que permita dicha quema, por razones de carácter fitosanitario que no sea posible abordar con otro tipo de tratamiento, motivando adecuadamente que no existen otros medios para evitar la propagación de plagas, o, en entornos silvícolas, con el objeto de prevenir los incendios forestales cuando no pueda accederse para su retirada y posterior gestión, en aplicación de la exclusión prevista en el artículo 3.2.e). Los residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola que no queden excluidos del ámbito de aplicación de esta ley de acuerdo con el artículo 3.2.e), deberán gestionarse conforme a lo previsto en esta ley, en especial la jerarquía de residuos, priorizando su reciclado mediante el tratamiento biológico de la materia orgánica.

Sin embargo, el artículo 3, punto 2.2, señala que esta Ley no es de aplicación a:

e) Las materias fecales, si no están contempladas en el apartado 3.b), paja y otro material natural, agrícola o silvícola, no peligroso, utilizado en explotaciones agrícolas y ganaderas, en la silvicultura o en la producción de energía a base de esta biomasa, mediante procedimientos o métodos que no pongan en peligro la salud humana o dañen el medio ambiente.

LA UNIÓ considera que los restos de poda son un subproducto de material vegetal que se gestiona (quema o tritura) en la misma explotación y nunca pueden ser considerados como un residuo que sí queda sujeto obligatoriamente a su tratamiento posterior en una planta. En este sentido, Carles Peris concluye que “no cabe en la cabeza de nadie tratar a un árbol como un residuo que es lo que se establece en esta normativa y por eso confiamos en una clarificación y rectificación. Lo más triste es que una vez más se nos trata de imponer una norma emanada desde los despachos de Madrid, sin tener en cuenta la realidad del campo que es muy dispar según comunidades autónomas y cultivos. Hay que trabajar con los territorios y no a espaldas de ellos”.

Compromís presentará iniciativas en el Congreso y Senado

La coalición Compromís presentará en Congreso y Senado distintas iniciativas para evitar que la quema de rastrojos y restos de poda que se produce en las actividades agrícolas pueda ser sancionada en aplicación del artículo 27.3 de la recientemente aprobada Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.

Para los portavoces de Compromís en estas cámaras, Joan Baldoví y Carles Mulet “no podemos por una interpretación errónea de la Ley aplicar indebidamente la misma y compulsar indebidamente a nuestros agricultores, provocándoles malestar y enfado; iniciando expedientes sancionadores por una mala aplicación de la Ley”. Según ha manifestado el diputado en el Congreso “las posibles sanciones a agricultores no pueden ser más que un error en la aplicación de la misma, pues resulta imposible cumplir de la noche al día con esta restricción, por lo que se enfrentan los agricultores a sanciones de hasta 2.000 euros”.

Por su lado el senador Carles Mulet, ha recordado que “la quema de rastrojos y restos de poda es una práctica ancestral realizada in situ, que evita la acumulación de material combustible que podría desencadenar incendios y no es fácil evolucionar hacia un triturado de la misma a corto plazo en estas actividades”, pero advierte que “la normativa no puede equiparar la quema de materiales naturales como la leña con otra clase de residuos” y reclama una clarificación inequívoca de este apartado de la Ley.

Por todo ello, se propone a la Cámara que apruebe la siguiente propuesta para que la redacción contenida en el art. 27.3 se aplique en el sentido de que “no contenga una prohibición de las quemas agrarias como se han practicado y se practican en la agricultura, sino de los residuos aportados por el ser humano al entorno agrario y silvícola para realizar su actividad como son envases, plásticos y otros objetos que no han sido generados por la acción de la naturaleza”. Esta práctica se da en amplias zonas agrícolas con cultivos leñosos como Andalucía, Murcia, Cataluña o el País Valenciano, donde son frecuentes las podas.

Compromís reclama que en aquellos municipios donde existan planes locales de quema se sigan autorizando estos subproductos naturales procedentes del sector primario y que éstos se excluyan de la aplicación de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.

Los valencianistas formalizarán además preguntas al Ejecutivo, una PNL en el Congreso y Moción en Senado y una iniciativa legislativa en ambas cámaras, además de facilitar la aprobación de mociones en los ayuntamientos en este sentido.

También se propone que se inste al Gobierno para que se concedan ayudas para la adquisición por ayuntamientos o en régimen comunal o colectivo de maquinaria para incentivar la trituración de restos agrícolas. Además, impulsar líneas de investigación para que los centros de investigación y experimentación al servicio del sector agrario desarrollen maquinaria y una robotización adaptada a la tipología de explotaciones agrarias existentes en nuestro territorio. Especialmente, para que las pequeñas explotaciones de montaña y las abancaladas les resulte viable y eficiente poder triturar la poda y los rastrojos. Explotaciones estas últimas, que necesitan una especial protección para que siga practicándose la agricultura ya que, además de evitar la erosión y la pérdida de suelo fértil, cumple una importante función medioambiental en la prevención de incendios al crear espacios de cultivos en mosaico entre zonas forestales.